A partir de diciembre Chaves aplicará la “Ley de Nocturnidad”

29 noviembre, 2017

A partir de diciembre Chaves aplicará la “Ley de Nocturnidad”

La Secretaria de Seguridad de Gonzales Chaves comunicó que se encuentra en vigencia la ley 14.050, conocida como “Ley de Nocturnidad”, que comprende a todos los comercios donde se realizan actividades bailables (confiterías bailables, discotecas, discos, salas, salones de bailes, clubes, etc.), y los negocios que comercian bebidas alcohólicas para ser consumidas en el lugar, tales como restaurantes, cantinas, cervecerías, cafeterías y bares.
La Ley provincial establece que los locales bailables deben abrir sus puertas para la admisión de las personas hasta las 2:00 horas, y finalizar sus actividades a las 5:30 como horario máximo.
A partir del mes de diciembre del corriente año se comenzarán a realizar los respectivos controles del cumplimiento de la Ley.
Además, todos los comercios comprendidos deben interrumpir la venta de bebidas en “la barra” una hora antes del cierre; suministrar o vender bebidas alcohólicas en vasos o copas que no superen los 350 mililitros de capacidad (a excepción de los restaurantes); y tienen absolutamente prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad.
Asimismo, en ningún caso los locales comerciales pueden vender bebidas “energizantes”, ni promocionar el consumo de bebidas alcohólicas conocida como “canilla libre”. (Se entiende por “canilla libre” a la entrega ilimitada ya sea en forma gratuita o mediante el pago de un precio fijo previamente concertado).