Comunicado oficial sobre la extensión en horario de venta de bebidas alcohólicas
La Subdirección de Industria y Comercio de la Municipalidad de Tres Arroyos comunica que el horario de comercialización de bebidas alcohólicas, para los comercios registrados con categorías B1 y B2 es de 10.00 a 23.00, hasta el 30 de abril del corriente.
Con fecha 15 de enero fue publicada en el Boletín Oficial la Ley N° 15.109, promulgada por el decreto 11/19, modificando el Artículo 1° de la Ley 11.825, cuyo texto final reza:
“Dispónese en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires la prohibición de venta, expendio o suministro minorista a cualquier título, y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas, para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta, expendio o suministro minorista a cualquier título a partir de las veintiuna (21,00) horas y hasta las diez (10,00) horas.
Dicha prohibición regirá desde las veintitrés (23,00) horas hasta las diez (10,00) horas, entre el 1 de diciembre y el 30 de abril de cada año”.