La administración de Tres Arroyos entre las más prolijas de la Provincia
Tres Arroyos es uno de los dos distritos que se han destacado por la prolijidad de sus administraciones, según el Tribunal de Cuentas.
La Municipalidad local recibió apenas una amonestación por el organismo conducido por Eduardo Grinberg, que aplicó a 129 intendentes multas y cargos, que en algunos casos suman varios millones de pesos, por irregularidades durante el año 2016. Ahora, los alcaldes deberán responder con su patrimonio.
“El aplauso, la medalla y el beso o el “muy bien diez” quedaron sólo para el manda-más de Laprida, el peronista Alfredo Fisher, y para Carlos Sánchez, jefe comunal de Tres Arroyos, quienes apenas recibieron una amonestación. Vale decir que se trata de dos jefes comunales de vasta experiencia. El primero transita por su tercer mandato consecutivo; y el segundo, por su cuarto período al hilo”, resalta la revista especializada La Tecla.
“Tal vez por la falta de experiencia, por errores que se cometen sólo una vez, como nunca antes, un centenar de alcaldes, junto a los integrantes del equipo de finanzas del Municipio, fueron sancionados económicamente, por lo que, cuando se agoten las instancias judiciales, deberán poner dinero de su bolsillo para subsanar los perjuicios ocasionados a las arcas locales.
Cabe recalcar que en este caso no hay grieta que valga. No la hay ahora y no la hubo antes. Para el organismo de control presidido por Eduardo Grinberg no hay diferencias: peronistas, radicales, macristas, massistas y vecinalistas, todos por igual, cometieron irregularidades a la hora de cerrar los números o aportar información referida al ejercicio. Y así como las cometieron, recibieron la pertinente sanción”, agrega.
Sanciones: las multas, los cargos y el accionar del organismo
En la propia web del Tribunal de Cuentas, que es donde se publican los fallos, el organismo se encarga de detallar la diferencia entre multas y cargos. “Puede ocurrir que las cuentas que ha auditado sean aprobadas en su totalidad sin aplicar sanciones o, por el contrario, puede haber aplicado multas o cargos según corresponda”, comienza el escrito explicativo.
Agrega que “para las multas y cargos se fija el plazo de 90 días para que el funcionario proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta nro. 1865/4 (Multas) y cuenta nro. 108/9 (Cargos), a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar en forma fehaciente a este organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el art. 159 de la Constitución provincial (Art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias)”.
A su vez aclara que “para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Tribunal de Cuentas dentro del plazo que establece el art. 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado actuante, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones arriba descriptas”.
Cuatro fallos que aún no están
No se conocen todavía los fallos del Tribunal de Cuentas respecto de los municipios de San Antonio de Areco, liderado por el peronista Francisco Durañona; Veinticinco de Mayo, encabezado por el también justicialista Hernán Ralinqueo; Coronel Dorrego, administrado por el radical Raúl Reyes; y Exaltación de la Cruz, comandado por el vecinalista Adrián Sánchez.
La nota completa se puede observar en http://www.latecla.info/5/nota.php?nota_id=91479