Ciberacoso y “pornovenganza”: los temas del espacio jurídico en Bus 24
La justicia tiene respuestas diversas a temas de actualidad, en los que la tecnología tiene un rol predominante, como son el ciberacoso y grooming (cuando adultos simulan ser jóvenes o niños para acosar a menores por la red) y la “pornovenganza” o difusión de contenidos sexuales obtenidos de una relación de pareja para perjudicar a la otra parte. En principio, según advirtió el doctor Matías Moya en el segmento jurídico de Bus 24, un convenio entre el Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires y el Centro Nacional de Niños Explotados y Desaparecidos (NCMEC) de los EE.UU., permite que este organismo, que detecta incluso en chats cifrados la distribución de material pornográfico que involucra a niños, efectúe las denuncias en las jurisdicciones que detecta mediante el uso de IP (la identificación de cada usuario de Internet) y facilita la investigación del ciberdelito en la Argentina. “Hubo allanamientos en Tres Arroyos por este tema, y mediante la intervención de ese organismo se detectó la distribución de pornografía infantil por el chat de Facebook”, recordó Moya. También recordó el caso de Micaela Ortega, la niña asesinada por Jonatan Luna, en Bahía Blanca. “Luna tenía 7 perfiles de Facebook falsos y más de 1700 niñas como contacto”, puntualizó el abogado sobre este caso, investigado por la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales y Delitos Informáticos Nº 14 de Bahía Blanca, a cargo de la doctora Marina Lara.
“Pornovenganza” y viralización de contenidos de famosos
Por otra parte, Moya reconoció que no hay reproche penal para lo que se conoce como “pornovenganza”, que suele ocurrir cuando una de las partes involucrada en una relación distribuye, una vez finalizada ésta, material de contenido sexual que obtuvo durante el vínculo a modo de venganza. “Solamente se puede accionar en sede civil, al menos hasta que se apruebe, si es que eso sucede, el nuevo proyecto de Código Penal que prevé penas para este tipo de situaciones. Pero lo que se obtiene en la justicia civil no repara de ninguna manera el daño causado. Pasa lo mismo con la viralización de contenidos de famosos: a Silvina Luna, por el video que se distribuyó, le fijaron una indemnización de 100.000 pesos”, recordó el abogado.