A favor de un tresarroyense: La Justicia Federal hizo lugar a un amparo contra Swiss Medical
La Justicia Federal con asiento en Necochea hizo a lugar un recurso de amparo solicitado por un tresarroyense contra Swiss Medical S.A., considerando inconstitucional una desafiliación que la prepaga realizó por considerar falsa la declaración jurada del actor al momento de asociarse.
La empresa de medicina, en su momento, consideró que un afiliado había omitido declarar una enfermedad preexistente cuando se afilió, y de acuerdo con sus reglamentos, decidió su baja y la del grupo familiar por esta causa. Todo se dio en el contexto del pedido de realización de un tratamiento de una alta complejidad.
En medio de esta situación, el Juez otorgó una medida cautelar que permitió la restitución del servicio a todo el grupo familiar y facilitar la intervención médica necesaria del paciente.
Swiss Medical apeló esta cuestión argumentando falsedad y omisión en la declaración jurada, donde no se manifestó una enfermedad preexistente que más tarde o temprano, terminaría en la necesidad de un trasplante. La empresa presentó pruebas que consideró válidas para revertir el amparo.
La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, sin embargo, también tuvo en cuenta las presentaciones del paciente avaladas por profesionales de la salud que refutaron lo exhibido por la prepaga, pero, además, se basó para resolver la cuestión, en los principios fundamentales que tienen que ver con el derecho a la preservación de la salud, implícito en nuestra Constitución Nacional.
Por otra parte, el paciente al momento de afiliarse no tenía un cuadro, al menos conocido por él, que derivaría en la necesidad de un trasplante. En este punto se tuvo en cuenta que su problemática de salud se manifestó preocupante mucho tiempo después, y también que el afiliado no tiene por qué tener conocimientos médicos como para poder diagnosticar el curso de su enfermedad.
Por lo escrito y otros planteos de la defensa, el Juez Federal Dr. Bernardo Bibel resolvió en su sentencia hacer lugar al recurso de amparo, condenando a la prepaga Swiss Medical a la re-afiliación definitiva en el mismo plan y condiciones que el paciente y su grupo familiar tenían al momento de haber sido dados de baja, ordenando también la cobertura del 100% del trasplante de médula ósea indicado.
La trascendencia del caso está en que de haber aguardado administrativamente la resolución de su planteo la enfermedad pudo haber avanzado y agravar el delicado estado de salud del amparista ya que se trataba de un trasplante de médula.
