Con autorización sólo para vuelos esenciales, así será la actividad en el Aeródromo local

23 mayo, 2021

Con autorización sólo para vuelos esenciales, así será la actividad en el Aeródromo local

Hasta el día 30 de mayo y los días 5 y 6 junio queda prohibido, en el ámbito local y en consonancia con disposiciones nacionales y provinciales, la actividad de instrucción aérea, vuelo deportivo, ingreso de personal de carácter no esencial al Aeródromo local y reuniones sociales o aglomeraciones de personas en su interior. Según se indicó desde la Jefatura, quedan habilitadas solamente las actividades exceptuadas alcanzadas por el decreto 2021-0334, al que el Municipio adhiere con el decreto municipal 1128/2021.
RIPSACORTO
Para vuelos exceptuados, se debe solicitar permiso (con 72 horas de anticipación) al siguiente correo: [email protected]
Solamente pueden permanecer en el perímetro del Aeródromo, como circular hacia y desde el mismo las personas exceptuadas alcanzadas en el decreto 334/21 que tengan que realizar alguna actividad referente a la actividad aérea.
La normativa dispone que entre el 22 de mayo y el 30 de mayo de 2021 y los días 5 y 6 de junio de 2021, en los Departamentos, Partidos y Aglomerados que se encuentren en situación de “Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario” o de “Alarma Epidemiológica y Sanitaria”, se suspenden las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Por tal razón, conforme al Decreto 334/21 únicamente se encuentran habilitados el transporte aerocomercial de pasajeros para personas exceptuadas a circular conforme verificación de los explotadores aéreos, la carga, vuelos sanitarios y vuelos de soporte a actividades esenciales.
En estas zonas los usuarios no deben realizar actividades tales como entrenamiento, instrucción, reparación y mantenimiento de aeronaves no esenciales, vuelos recreativos ni trabajo aéreo, excepto agroaéreo y/o aquellas actividades o vuelos de soporte a actividades esenciales conforme verificación de los explotadores aéreos.