“Con las patas en remojo”: polémica en Claromecó por la extracción de huellas arqueológicas
La Sociedad de Fomento de Claromecó en su eterno compromiso con las problemáticas locales, se puso la camiseta una vez más, y en esta oportunidad, para certificar que la remoción, extracción y traslado de las patas, contara con el debido permiso. Más allá de estar en total desacuerdo ya que consideran, como gran parte de la comunidad y profesionales, que es Patrimonio de la Humanidad y que debe conservarse en su lugar de pertenencia.
Es por ello, que en la reunión que realizaron el día 5 de mayo de este año con concejales de distintos bloques, entre otros temas, se les solicitó que averiguaran sobre el permiso que debía tener Azcuy para llevar a cabo tal tarea.
A los pocos días, grande fue la sorpresa al enterarse de que ya se estaban haciendo los trabajos de remoción, sin previo aviso. Tal es así, que los fomentistas se ponen en contacto telefónico con el Intendente Carlos Sánchez, el cual no estaba anoticiado y ordenó el inmediato cese de tareas.
El Dr. Carlos Azcuy y el concejal vecinalista Carlos Giordano, solicitaron una reunión con la Sociedad de Fomento de Claromecó para dar explicaciones, la cual se realizó el sábado pasado y a la cual se acercaron las partes interesadas en el tema: el Paleontólogo Dr. Carlos Azcuy; el concejal (MV) Eduardo Giordano; el Secretario de Gestión Ambiental Ricardo D´Anunzio; Integrantes del Colegio de Arquitectos de Tres Arroyos: Sr. Horacio Caletti y Sr. José Duca; Integrantes de la Sociedad de Fomento de Claromecó: Brenda Alí, Cristina Gutiérrez, Juan Aigner, Carolina Herrera, Mabel Rial; el Delegado del Ente Descentralizado de Claromecó, Sr. Carlos Ávila; la Bióloga Paula Taraborelli; la Licenciada en Recursos Naturales Analía Belaus; el Guardafauna Honorario “Tito” Gasverde; Estudiante de Biología y Alejandro Ribet; y Abogada ambientalista, Verónica García.
El Dr. Azcuy explica lo referido a la extracción de la roca y los presentes solicitan que muestre el permiso que debería otorgar el Centro de Registro de Paleontología y Arqueología de la Provincia de Buenos Aires, sito en la ciudad de La Plata; sostiene que existe pero no se exhibe, quedando pendiente el envío de dicho documento. A continuación se transmiten e intercambian inquietudes. Los presentes, en representación de las Asociaciones mencionadas y los vecinos, solicitan y se acepta suspender los trabajos de remoción. En principio hasta ver los permisos correspondientes y consensuar con la comunidad el destino de la piedra. Con la firma del Acta de los presentes, la misma se da por finalizada.
Hasta el momento en que sale esta nota, el permiso aún no fue exhibido. Todo lo que existe es un pedido de autorización dirigido al Centro referido para su extracción, avalada por el Honorable Concejo Deliberante de Tres Arroyos y sobre la cual contaban con el apoyo de la Sociedad de Fomento de Dunamar y del Museo Aníbal Paz.
Un poco de historia
En el año 2007, el Odontólogo Juan Carlos Abruñeiras, estaba pescando por la zona del Caracolero y descubrió la zona de lo que hoy es el yacimiento “Las Patas”.
Se solicitó un Arqueólogo por la presencia de lo que parecían ser huellas humanas; fue así que el Antropólogo Miguel Mugueta se acercó hasta el lugar. El Dr. Azcuy, Paleontólogo, le ofreció trabajar en conjunto y de ese modo realizaron investigaciones, luego vinieron las diferencias porque Mugueta dio a conocer datos científicos y Azcuy estuvo en desacuerdo en hacerlos públicos (sigue pensando lo mismo ya que en la reunión con Asociaciones y vecinos expresó que la Ciencia no se publica en diarios).
Ley sobre protección del patrimonio arqueológico y paleontológico
Según la ley nacional 25.743/03 de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico establece en su artículo 44 que “Serán pasibles de multa los particulares o instituciones públicas o privadas que trasladen o faciliten el traslado de materiales arqueológicos o paleontológicos, para cualquier finalidad, dentro del territorio nacional, sin la previa autorización del organismo competente local donde estén radicados los materiales”.
En tanto el artículo 45 dice: “El Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, el organismo competente nacional en materia paleontológica y los organismos competentes que se determinen en el orden provincial serán los encargados de aplicar las sanciones correspondientes a las infracciones previstas en la presente ley”.