El dispositivo satelital que se empezó a ver en los autos y por qué está prohibido
Un clásico del verano para quienes eligen irse de vacaciones en auto es encarar una ruta argentina y, en un instante impredecible pero esperable, perder la señal en el camino. Lo que no era habitual, y empezó a verse con fuerza este año en las camionetas 4×4 rumbo a la Costa, es la llamativa aparición de unos “cuadrados blancos” en los parabrisas.
Son las antenas satelitales Starlink. Habrá conectividad en zonas sin cobertura. Pero también puede haber multa.
La creciente popularidad del servicio de Internet del magnate Elon Musk abrió un nuevo frente de discusión en materia de seguridad vial en Argentina. El debate no gira en torno a la tecnología en sí, sino al lugar donde se instalan.
La cuestión central es si llevar este tipo de dispositivos en el campo visual de los conductores está permitido o no por la normativa vigente.
“La ley nacional de Tránsito no habla específicamente de las antenas mencionadas, pero el inciso q del artículo 48 prohíbe transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos”, explican a Clarín desde La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Ese artículo funciona como marco interpretativo para evaluar múltiples situaciones que no estaban contempladas cuando la norma fue redactada, pero que hoy forman parte del uso cotidiano de los vehículos. Soportes para celulares, pantallas, carteles y ahora también antenas externas entran bajo ese paraguas legal.
Cualquier dispositivo no debería afectar la visibilidad del conductor, advierten las autoridades.
En el ámbito provincial, la mirada es similar. Desde Tránsito bonaerense remarcan a Clarín que el criterio no pasa por el tipo de objeto, sino por su impacto en la conducción. “Si obstaculiza el parabrisas, puede ser multa”, sintetizaron.
Esa interpretación se apoya en la reglamentación provincial de tránsito. El artículo 38, inciso a), del Anexo V del Decreto 532/09, reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 13.927, establece que los conductores deben, antes de ingresar a la vía pública, verificar que tanto ellos como su vehículo “se encuentren en adecuadas condiciones de seguridad, bajo su responsabilidad”.