Fallo judicial: Jubilado puede mantener la obra social de cuando era activo

El abogado tresarroyense Alejandro Suhit, quien reside desde hace 25 años en Mar del Plata, habló con LU 24 sobre un fallo de la Justicia Federal que autoriza a un jubilado a conservar la obra social sindical nacional que utilizaba mientras estaba en actividad.
Sobre el caso de su patrocinado, explicó que “es un empleado activo de un banco público que accede al beneficio jubilatorio y, al momento de hacerlo, entra en el miedo y la duda, como le ocurre a mucha gente, de qué iba a pasar con su cobertura médica una vez que fuera a PAMI, principalmente porque tiene una hija discapacitada. Cuando nos hace la consulta previa, le decimos que él puede optar y continuar con su obra social”.
“Realiza el trámite y, como lo hacen todas, le rechazan la opción de continuar. Ante esto, se inició una acción de amparo en el Fuero Federal, que primero ordenó una medida cautelar de que se lo mantenga activo como afiliado hasta tanto se dictara sentencia. Finalmente, la semana pasada, salió y quedó firme ratificando que debe continuar como afiliado a la obra social que había mantenido durante 18 años, en las mismas condiciones que tenía hasta ese momento, con su grupo familiar dentro. Y los aportes que iba a efectuar a PAMI van a ir destinados a la obra social”, sostuvo.
Suhit remarcó que “no es obligación ir a PAMI”. En ese sentido, precisó que “la Ley nos dice que una vez que nos jubilamos automáticamente nuestros aportes van a ir a PAMI, salvo que el trabajador opte por mantenerse en su obra social y, aun, en su prepaga. Hay un desconocimiento muy grande en la gente, no pregunta y, el que si lo hace, se queda con el no de la obra social”.
“Una vez que te informan que te vas a jubilar, ANSES te notifica y te dice que dentro de 45 días vas a acceder al beneficio y empezarás a cobrar. En ese momento, hay que ir a la obra social con una nota y decir que ejerzo mi opción de continuar afiliado aun jubilado. Hay que tener esa precaución”, advirtió.
Finalmente, aclaró que “muchas veces la obra social va a recibir esa nota, pero si no lo hace, hay que pedir asesoramiento con un abogado particular o Defensoría para que envíen una carta documento informando esa opción. Lo más importante es hacerlo antes de cobrar la primera jubilación”.