Industria y Comercio informa sobre habilitación de natatorios

10 noviembre, 2016

Industria y Comercio informa sobre habilitación de natatorios

La Subdirección de Industria y Comercio recuerda a los titulares de los natatorios que previo al inicio de actividades deberán obtener el Certificado de habilitación pertinente.

A continuación se detallan los requisitos a cumplimentar para la habilitación de los mismos:

• Aprobación de la inspección practicada por la División de Obras Particulares de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

• Aprobación del Departamento de Higiene y Bromatología.

• Plano de electricidad actualizado  e informe técnico firmado por instalador electricista matriculado en la División de Electrotécnica de la S.O.S.P.

• Presencia permanente de guardavidas o profesor de educación física con cursos de primeros auxilios y  de resucitación.

• Control a cargo de un profesional de la salud  para el ingreso al natatorio

• Elementos para garantizar la vía aérea: máscara, ambú y  tubo de oxígeno

• Seguro por accidente.

• Exhibición de número telefónico de emergencias médicas y línea telefónica disponible  en forma permanente para estos casos.

• Cumplimentar requisitos exigidos en el Art. 102 de la Ordenanza Fiscal vigente.