La Asociación de Profesionales del Hospital impugna llamado a concurso

19 junio, 2019

La Asociación de Profesionales del Hospital impugna llamado a concurso

ULa Asociación de Profesionales del Hospital Pirovano dio a conocer a través de un comunicado que impugnarán el llamado a concurso realizado por el Centro Municipal de Salud a través de su página web, esto debido a que se ha difundido de manera informal.

También manifiestan que los cargos que se buscan cubrir están siendo cubiertos actualmente por personal interino, y que “los y las trabajadores que cubren esos cargos hasta ahora no han accedido a la planta permanente en razón del incumplimiento por parte del municipio del llamado a concursos en tiempo oportuno”.
A continuación la nota completa enviada por la Asociación de Profesionales:
En nombre de la Asociación de Profesionales del Hospital Pirovano de Tres Arroyos, seccional de la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires, nos dirigimos a usted con el propósito de impugnar el llamado a concurso que se ha dado a conocer en la página web del Centro Municipal de Salud (http://centrodesaludtsas.com.ar/noticia/llamado-a-concurso) y del cual no hemos tomado otro conocimiento.
La impugnación se formula en razón de que el llamado a concurso, hasta donde vemos en la información que la Municipalidad de Tres Arroyos ha difundido informalmente, no se hace con apego a lo normado en la Ordenanza 2166/1984 de Carrera Profesional Hospitalaria, norma que se encuentra plenamente vigente, tal como fuera resuelto recientemente por la Suprema Corte de Justicia en la causa “Aldaya” de vuestro conocimiento.
No obstante ello también expresamos nuestra impugnación en razón de que se convoca a concurso abierto para una gran cantidad de cargos que desde hace mucho tiempo vienen siendo cubiertos por personal interino. Los y las trabajadores que cubren esos cargos hasta ahora no han accedido a la planta permanente en razón del incumplimiento por parte del municipio del llamado a concursos en tiempo oportuno, y por esa razón han permanecido en situación de precariedad laboral durante lapsos mucho más prolongados de los que permitía la vieja ley 11.757 y de los que permite la vigente 14.656.
Desde esta Asociación entendemos muy injusto que un/a profesional que se viene desempeñando en esas condiciones de forzada precariedad se vea obligado a concursar en forma abierta, esto es en igualdad de condiciones con quienes no se han desempeñado en los cargos objeto del concurso.
En mérito a ello dejamos impugnado el concurso y solicitamos la revocación de la norma, entendiendo que los cargos que se encuentran cubiertos interinamente por un plazo superior a un año (ver artículo 4, ley 14.646) sean objeto de un concurso cerrado del que participen solo quienes se han desempeñado en el cargo, quedando el concurso abierto para aquellos cargos que se encuentren sin cobertura o bien el personal interino que los ocupa no tenga una antigüedad superior a un año al momento del llamado a concurso.