Menores, alcohol y noche: un fallo judicial reaviva el debate en la región

6 octubre, 2019

Menores, alcohol y noche: un fallo judicial reaviva el debate en la región

De quedar firme el fallo que dictó estos días la justicia bahiense, el boliche del Club Universitario de Bahía Blanca será clausurado por 15 días y sus autoridades tendrán que pagar una multa de 8 mil pesos. El caso sirve además como disparador para preguntarse cuánto funcionan los controles de la nocturnidad en la región, qué dice la ley respecto a la presencia de menores y consumo de alcohol en la noche, y cuánto es lo que realmente se puede hacer para prevenir las consecuencias de las llamadas “previas”.
La madrugada del 18 de marzo del año pasado, una inspección de rutina detectó la presencia simultánea de menores y mayores en el lugar, muy conocido en la noche bahiense, algo que está prohibido por ley.
La justicia en lo Correccional -primera instancia- le había impuesto al club una pena mayor (10 mil pesos y 30 días de cierre) porque un chico de 17 años fue encontrado por los inspectores con un vaso de cerveza, aunque para la Cámara Penal no quedó debidamente probado que se lo hayan vendido a él y desde ese punto de vista fueron desvinculados.
La sanción recayó en la persona de Felipe Alonso, secretario de la institución y quien esa noche atendía el local, con lo cual tenía la facultad de decisión y control sobre el lugar de esparcimiento.
La presencia de al menos un menor en forma simultánea con mayores quedó definitivamente probada con la declaración del joven, identificado en la causa como T., y los testimonios de otros concurrentes.
Alonso se justificó y dijo que el salón tiene capacidad para 3.400 personas y que el hecho de haber encontrado un solo menor “habla del interés de parte de la comisión para que esto no ocurra…”.
Sin embargo, T. le restó entidad a su versión al mencionar que esa madrugada ingresó 1.45 por la puerta principal, con 4 amigos mayores y que le cobraron la entrada de 70 pesos y no le pidieron el DNI.
“Crecen las fiestas particulares”
Dice el informe que publica el diario La Nueva que “casi instalado como una costumbre social, los chicos de 16/17 buscan por distintos medios -usando el DNI de amigos o familiares- ingresar en los boliches a horarios no permitidos. A veces lo logran y a veces no”. Sin embargo, tal como ocurre en Tres Arroyos también, crecen las fiestas conocidas como “previas”.
Parece que cuanto más rigurosos son los controles a boliches “crece la cantidad de fiestas particulares”, de orden clandestino, según confirman desde el Municipio bahiense.
En esos casos trabajan de manera articulada con la Policía, Fiscalización, PreCom y Saneamiento Ambiental. En caso de denuncias al 109, se activa un protocolo.
También crearon la oficina de Nocturnidad, que tiene por objetivo la acción preventiva y promover el cumplimiento voluntario de las normativas vigentes, con la colaboración de un comité técnico que asesora y coordina.
Qué permite y qué prohíbe el marco legal
Horario. La ley 14.050 prevé que los boliches abrirán sus puertas hasta las 2 y terminarán sus actividades 5.30 o, por excepción, 6.30. También ordena que todos los establecimientos tengan cámaras en sus accesos y egresos.
Alcohol. En cuanto al alcohol, prohíbe la venta en vasos que superen los 350 mililitros de capacidad y ordena el cese de la venta a las 4.30. También prohíbe la comercialización de bebidas energizantes y/o suplementos dietarios.
Comercios. La ley 12.547, en tanto, prohíbe la venta de bebidas en distintos comercios entre las 21 y las 10 y entre las 23 y las 10 entre el 1 de diciembre y el 30 abril.
“Canilla libre”. La ley 12.547 también prohíbe los concursos con bebidas y la modalidad “canilla libre” (entrega ilimitada en forma gratuita o por pago previamente concertado).
Menores. Los menores podrán concurrir a este tipo de lugares entre las 17.30 y las 23 y no podrán hacerlo en forma simultánea con mayores de 18.
Multas. Estas infracciones estipulan multas de mil a 500 mil según el caso y hasta 5 y 180 días de clausura. En caso de reincidencia, puede haber clausura definitiva.
Recaudación. Lo recaudado se destina al REBA (El Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas), a los municipios donde se detectan las infracciones y, en menor medida, a un área para solventar proyectos educativos y preventivos.
REBA. El REBA se creó por la ley 13.178. El ente cobra un canon anual a los negocios habilitados a vender bebidas alcohólicas. Esos recursos se destinan a funciones de fiscalización y control así como a programas de educación y prevención de las adicciones.