Reglamentaron beneficios fiscales para empresas que regularicen trabajadores
El presidente Javier Milei reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) que otorga beneficios fiscales a los empleadores que contraten trabajadores sin empleo registrado. Para acceder a estos beneficios, entre los que se incluyen la reducción de las contribuciones patronales por el plazo de cuatro años, los empleadores deberán cumplir con una serie de requisitos.
El régimen tiene en cuenta cuatro perfiles de trabajadores:
- Trabajadores que no contaban con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.
- Trabajadores que estuvieron desempleados durante los seis meses previos al alta laboral.
- Ex inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas) que no hayan ejercido actividades en relación de dependencia en el sector privado en los últimos seis meses
- Ex monotributistas cuyo último empleo bajo dependencia fue en el sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Para quedar comprendidos en el RIFL, los empleadores deben haber adquirido el carácter de inscriptos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a partir del 10 de diciembre de 2025. Las relaciones laborales que habilitan el beneficio son aquellas que se inicien y registren ante ARCA entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, ambas fechas inclusive. La norma fija además un tope: las incorporaciones bajo este régimen no pueden superar el 80% de la nómina total de trabajadores del empleador.
Quienes cumplan con estos requisitos podrán beneficiarse de una reducción de las contribuciones patronales durante los primeros 48 meses contados desde el mes de alta de cada nueva relación laboral.
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