Se justificará la inasistencia laboral por asistir al turno de vacunación

2 marzo, 2021

Se justificará la inasistencia laboral por asistir al turno de vacunación

El Ministerio de Trabajo de la Nación, decidió días pasados, mediante la resolución 92/2021, otorgar a los trabajadores y trabajadores la justificación de la inasistencia al lugar de trabajo por asistir a la inoculación con turno, “sin que ello produzca perdida o disminución de sueldos y/o premios por presentismo”.

Por otra parte, según indicó el Ministro Mieres, promoverán “la creación de cláusulas que promuevan la vacunación en ámbitos laborales puede ser un instrumento para promover la inmunización contra el coronavirus”.
La resolución en sus artículos 1 y 2 expresa:
“ARTÍCULO 1º.- Establécese que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.
ARTÍCULO 2°.- La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo.”