Camioneros: el 13 de marzo se conocerá el veredicto
Hoy cerró el debate en torno a la causa por extorsión y amenazas que se siguió, desde 2021, contra los camioneros tresarroyenses Mario Luis y Juan José Rodríguez. Presos desde el 19 de septiembre de ese año, los hermanos transitaron por tres audiencias en las que el fiscal Gabriel Lopazzo buscó probar que formaron parte de una asociación ilícita destinada a quedarse con la logística de la malta en la planta de Quilmes, mientras que los abogados de ambos apuntaron a que fue la empresa la que buscó desactivar, por la vía penal, una protesta legítima por el pago de las tarifas de carga que le causaba un gran perjuicio económico.
Lo que había comenzado con la citación de una friolera de 162 testigos, finalmente se redujo sensiblemente y desfilaron, por la sala de 25 de Mayo 162, varios actores vinculados al transporte de materias primas en el ámbito local y regional, con todas las particularidades que ese ámbito tiene. Y luego de esas extensas jornadas, llegó el turno este viernes de los alegatos.
El fiscal Lopazzo hizo un repaso por casi la totalidad de la instrucción: describió los cinco hechos que les imputa a los Rodríguez -bloqueo de plantas y actitudes intimidatorias a trabajadores de esas empresas y a camioneros, todo en el marco de un paro de transportistas autoconvocados- y les asignó supuestos roles a los hermanos: Mario, el jefe; Juan, integrante de la banda junto a otras personas que no identificó.
Se apoyó en los dichos de los testigos que llevó a las audiencias, varios de ellos contestes en reconocer a alguno de los imputados, o a varios, los vehículos en los que se movilizaban e incluso el protagonismo en videos y publicaciones de redes sociales que al parecer ellos mismos distribuían para, según Lopazzo, “posicionarse” como referentes en las medidas de fuerza. Dijo que varios de ellos no habían declarado “con libertad”, por el miedo que les habrían infundido las conductas por las que se llevó a los camioneros a juicio. En varias ocasiones hizo hincapié en la organización Autoconvocados, en sus dirigentes -entre los que ubicó, apuntalado por artículos de prensa- a Mario Rodríguez como secretario- y en el rol que habrían tenido en las negociaciones para el levantamiento de las medidas de fuerza.
Y en el cierre de su alegato, tras defender técnicamente su decisión de imputarles la figura de asociación ilícita -por la que los otros dos consortes de causa, Pablo Vester y Juan Menéndez, fueron absueltos- pidió la pena de 6 años y medio de prisión para Mario Rodríguez y de 4 años y medio de prisión para Juan Rodríguez, en ambos casos de efectivo cumplimiento. Describió algunos agravantes, en el caso de este último una condena por la golpiza a un transportista durante un conflicto similar al que se ventiló en el juicio, y para el caso de Mario esgrimió como atenuante su carencia de antecedentes penales.
Un reclamo legítimo
La defensa de ambos, en líneas generales, que pidió sus absoluciones atacando los elementos de prueba esgrimidos por el fiscal por considerarlos insuficientes, se orientó a encauzar las actitudes de los camioneros en el marco de una protesta legítima por la tarifa de cargas que, según varios de los testigos que fueron citados al Tribunal, la empresa denunciante pagaba en un monto sensiblemente inferior al acordado por la CATAC (Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas).
“Eso generó una tensión económica, y un conflicto laboral que se generó en febrero de 2021 y que explotó en un paro y movilización. Hasta aquí nada raro. Pero una vez que merced a las negociaciones entre las partes, de las que participó la empresa denunciante (Maltería Quilmes), se levantó el paro, el abogado Fossati intentó levantar la denuncia (contra los camioneros). Más prueba de que se trataba de algo exclusivamente vinculado a un conflicto económico, imposible”, apuntó el abogado Maximiliano De Mira. También argumentó contra el presunto objeto de la asociación ilícita imputada por Lopazzo. “¿Qué problema habría en sumar otro operador logístico al trabajo en la empresa? No hay ninguna norma que lo prohíba. Aunque es absurdo creer que un hombre que tiene un solo camión quisiera quedarse con la logística que hacen empresas como Di Vito y Manantial”.
El letrado advirtió, en función de los dichos de varios camioneros ante los estrados judiciales, que el acuerdo que frenó esa medida de fuerza “fue incumplido por la propia Maltería, por lo que se volvió a generar un conflicto, agravado por el hecho de que los que participaron de ese paro no pudieron trabajar más con la empresa”.
“Todos querían cobrar la tarifa que corresponde; no es como dijo el fiscal que ‘al que no le gusta puede trabajar en otro lado’: la tarifa es oficial, no se le ocurre al empresario, es regulada con la intervención del Estado”, completó el defensor de Mario Rodríguez.
Y finalmente advirtió que “es cierto lo que dice el fiscal de que cuando los hermanos Rodríguez fueron detenidos, se terminaron los paros. Es obvio, la empresa siguió pagando la tarifa que quiso, y sobre los camioneros pesaba la amenaza de una posible denuncia”. En este tramo, sugirió que estas acciones empresarias “deberían ser miradas e investigadas”.
El fallo se conocerá el 13 de marzo a las 12:00.