Tragedia de De La Garma: Roberto José Padín fue absuelto de culpa y cargo en ambas causas
La Justicia absolvió de culpa y cargo a Roberto José Padín, acusado de triple homicidio culposo, agravado por conducción bajo efectos del alcohol y por la pluralidad de víctimas, en el marco de un siniestro vial conocido como la tragedia de De La Garma. Además, también tuvo el mismo veredicto una causa paralela por desobediencia.
Durante los alegatos, el Fiscal Dr. Gabriel Lopazzo y el Dr. Werner Nickel, argumentaron en concordancia, la existencia de la conducción del imputado Padín alcoholizado, 0,7 ml de alcohol en sangre. También, en el mismo sentido, un manejo excedido de velocidad, imprudente y temeroso. Hicieron referencia a la “Ley de Alcohol Cero”.
El tenor de lo expuesto se circunscribió a la conducta del imputado, y en menor cuantía, a las circunstancias del siniestro en sí.
La Defensa, a cargo de la Dra. Elisa Hospitaleche, describió el escenario del accidente, hizo hincapié en la participación de otra camioneta blanca como fundamental al momento del choque, argumento basado también en las declaraciones de testigos en el juicio.
Demostró que su representado no violó ninguna ley de tránsito, y que por el resultado del test de alcoholemia pagó en tiempo y forma la multa que se le impuso. Recordó que la Ley de alcohol cero comenzó a regir tiempo después del hecho, y en ese momento el requerimiento legal era para un particular de 1 gr y para profesionales de 0,5 respectivamente.
En líneas generales fue lo que ambas partes presentaron al momento de los alegatos, teniendo en cuenta la cantidad de testigos, declaraciones, pericias y demás elementos aportados a la causa.

El Juez Correccional, Dr. Gabriel Giuliani, basó su veredicto luego de un profundo análisis de la situación, donde consideró no acreditada la conducción con exceso de alcohol en función a la Ley que regía al momento del siniestro.
No halló pruebas suficientes para determinar una conducción imprudente o temeraria, ni exceso de velocidad por parte del imputado. Tuvo en cuenta la existencia de otro rodado que transitaba de manera desaprensiva y con exceso de velocidad, provocando el levantamiento de polvo en suspensión, motivo por el cual el acusado habría maniobrado para obtener una mejor visión del camino.
También tomó en cuenta lo indicado por el perito accidentológico, quién informó que ambos vehículos fueron embistientes.
Consideró que lo sucedido fue una reacción de preservación de la vida del conductor y su familia transportada, no una acción deliberada para cometer un delito.
Mencionó también una serie de irregularidades en los informes policiales, los cuales no pudieron aportar datos de interés para tomar una resolución.
A Roberto José Padín también se lo acusaba de desobediencia, por un supuesto altercado ocurrido con un familiar de una de las víctimas, causa en la que también fue absuelto, dado que no quedó acreditado el hecho que se le imputaba ni las circunstancias en que habría ocurrido el mismo.
Recordando el caso, ocurrido el 5 de marzo de 2023 en la Ruta Provincial N.º 75, en el tramo que une De la Garma con Juan E. Barra, un Fiat Palio y una camioneta Toyota protagonizaron un choque frontal, donde murieron en el acto Guillermina Anahí Eloisa, de 50 años (Barker), y Claudia Celina Roldán, de 51 (Tres Arroyos). Días después falleció también Carlos Saavedra, conductor del Fiat, debido a las graves lesiones sufridas.