La Policía de Chaves recuerda que el viernes desde las 8 regirá la veda electoral

7 agosto, 2019

La Policía de Chaves recuerda que el viernes desde las 8 regirá la veda electoral

La Estacion de Policía Comunal de Adolfo Gonzales Chaves informa a los electores que este viernes 9 de agosto, a partir de las 8, comenzará a regir las medidas de restricción fijada por Ley Electoral 19.945. La misma veta la realización de actos tales como publicar y difundir encuestas y sondeos prelectorales desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo.

Las decisiones impuestas en cada caso por el Juez serán cumplidas sin más trámite por intermedio de la fuerza pública si fuere menester y en cada caso serán comunicadas de inmediato al Juez Electoral. En cuanto a las prohibiciones contempladas la ley establece que queda terminantemente prohibido:
– Admitir reuniones de electores o depósitos de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 mts) alrededor de la mesa receptora.
– Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieren al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado;
– Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre de los comicios;
– Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 mts.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;
– A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce (12) horas antes y tres (3) horas después de finalizada;
– Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo.
– La apertura de organismo partidario dentro de un radio de ochenta metros (80 mts.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menores de (80 mts.) de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
– Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de comicios y hasta tres horas después de su cierre.
Estará abierto el Juzgado de Paz
Por otra parte, y con respecto a las consultas que pudieran generarse respecto al sufragio, serán evacuadas desde el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Adolfo Gonzales Chaves, en cumplimiento con lo ordenado por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que permanecerá abierto al público durante las horas de comicios. El Juez de Paz Letrado con facultad electoral procederá a adoptar las medidas tendientes a solucionar el impedimento que se pudiere suscitar al elector en el momento de emitir el sufragio.