Reforma penal juvenil: “Se deben respetar los principios de la Convención Internacional de los Derechos del Niño” dijo Saulner
El viernes, en el Senado se va a tratar la reforma de la Ley Penal Juvenil, recordamos que tiene media sanción en la Cámara de Diputados. Lo que se busca es bajar la edad de punibilidad a 14 años para delitos graves entre otras cosas.
El defensor oficial del Fuero Penal Juvenil del Departamento Judicial de Bahía Blanca, el doctor Agustín Saulnier en diálogo con LU 24 dijo: “desde el punto de vista profesional, uno lo vive con mucha preocupación este intento de sanción de Ley Penal Juvenil que se está discutiendo y tratando de llevar a cabo.
Desde lo personal, con cierta tristeza, porque más allá de las opiniones que puedan existir sobre el tema, es importante siempre remarcar que Argentina, para regular cualquier tipo de cuestión vinculada a la infancia, en términos generales o en términos particulares respecto de la cuestión penal juvenil, está obligado a respetar los principios de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que Argentina ratificó allá por el año 90 y que en el año 94 le dio jerarquía constitucional. Esto significa que la Convención de los Derechos del Niño es parte de nuestra Constitución Nacional.
Esta convención, que establece determinados principios y guías de cómo abordar la cuestión penal juvenil cuenta también con un organismo creado por la propia convención, que es el Comité de los Derechos del Niño, que va dando recomendaciones generales a todos los países que son parte de la convención, o recomendaciones particulares para cada uno de los países, entre ellos Argentina.
Este comité, es de alguna manera el custodio de los principios de la convención, en general viene recomendando que no bajen esa edad de responsabilidad. Y en particular para Argentina, de manera reiterada, ya lo hizo en el año 2018 y recientemente en el año 2024, que es la última observación que hace el comité respecto de cómo Argentina está abordando la cuestión penal juvenil, expresamente le recomienda mantener la edad mínima de responsabilidad penal en 16 años y abstenerse de rebajarla. Entonces, este intento de reforma de baja de edad de responsabilidad mínima en 14 años está claramente en contradicción de las disposiciones de este comité.
Entonces, lo preocupante de esto, es que esta decisión del gobierno puede poner claramente a Argentina en responsabilidad internacional, justamente por contradecir los principios de la Convención.
Este proyecto de ley no solamente baja la edad de imputabilidad, sino que establece también una serie de pautas para intervenir en relación con los menores, que sin lugar a duda van en absoluta contradicción con los postulados de la Convención de los Derechos.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, que es el órgano que puede sancionar a un Estado por incumplir alguna disposición de la Convención, tiene su régimen disciplinario que puede llegar a dar lugar a responsabilidad internacional para nuestro Estado”.
El impacto de la reforma
“Más allá de esta cuestión normativa, que no deja de ser importante porque la discusión debería empezar a partir de esto, lo que más seguramente pueda llegar a preocupar a la ciudadanía, como a todos nosotros, es qué impacto puede llegar a tener esto en la seguridad urbana.
De todo el número de delitos o de investigaciones penales, que existen en la provincia de Buenos Aires, el año pasado el 2% de toda esa torta general, si uno lo mide de una forma gráfica, solamente el 2% comprende a causas donde estén vinculadas personas menores de 18 años. Quiere decir que poner el foco en este 2% implica desatender toda la problemática que hay en ese 98% de cuestión criminal en la provincia de Buenos Aires.
Por eso de alguna manera pensar que esta reforma va a tener un impacto en materia de seguridad urbana es la verdad algo que en mi opinión no es así.
El sistema actual no está preparado para esta reforma, actualmente con una edad de responsabilidad penal de 16 y hasta 18 años, cuando uno revisa, cuáles son las capacidades de alojamiento institucional que tiene el fuero, ya sea para medidas de detención, para medidas de semilibertad o para el trabajo en el campo, el trabajo territorial, el abordaje que se hace a los chicos que cumplen alguna medida estando en libertad está prácticamente al límite, esto lo indican los números de la Subsecretaría de niñez de la provincia”.
Consumo problemático
En materia de consumo problemático, está presente en un número muy considerable de causas, muchos de los chicos que trasgreden la ley están atravesados por una problemática de consumo, pese a eso no contamos en la sexta sección electoral con una comunidad terapéutica para poder internar en el caso que necesite un abordaje de tipo institucional. Se dan a través de convenios que la subsecretaría tiene con instituciones privadas, pero están todas fuera del radio de la sexta sección electoral.
en relación con las víctimas, tomar una posición como la que yo sostengo, contraria a esta ley, pero por el hecho de que creo que está en contradicción a la convención, es una cuestión técnica, no significa dejar de lado a las víctimas ni entender el dolor de una víctima en el marco de un hecho delictivo, es importante aclarar que en Argentina, por más que tenga una edad de responsabilidad a partir de los 16 años como ahora, no significa que el hecho criminal de un chico de 14 o de 15 años quede sin ningún tipo de intervención estatal.
La ley prevé expresamente que hay igualmente una intervención. Lo que no va a intervenir es con el recurso penal, pero sí interviene con otro tipo de recurso, que para eso está diseñado todo el sistema de promoción y protección de derechos de los jóvenes, que incluso puede hasta privar de libertad a esa persona, no en el marco de un proceso penal y de una sanción penal, pero sí en un marco de un proceso de protección de derechos.
Nosotros tenemos un artículo en una ley provincial que justamente establece este tipo de medidas de seguridad para aquellos jóvenes que se ven involucrados en hechos penales por debajo de los 16 años. Es importante aclararlo porque, no significa que, si hay un hecho donde está involucrado un chico de 14 o de 15 años, el Estado haga oídos sordos a esto, debe intervenir y debe dar una respuesta, pero no en términos penales.
En la provincia de Buenos Aires aproximadamente, porque esto va variando, teníamos 77 chicos menores de 16 años que estaban en dispositivos de privación de libertad por la aplicación de una medida de seguridad, por estar involucrados en cuestiones penales, la intervención está, están trabajando.
Todo lo que hagamos en materia de infancia tiene un impacto fundamental en nuestra sociedad porque lo que está haciendo uno es preparar futuros ciudadanos”, sostuvo el Dr. Agustín Saulnier.